miércoles, 11 de junio de 2014

SIIF NACION

¿CÓMO SE DEFINE EL SIIF?

R/ (Decreto 2789 Artículo 2°.) “El Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación es una herramienta modular automatizada que integra y estandariza el registro de la gestión financiera pública, con el fin de propiciar una mayor eficiencia en el uso de los recursos de la Nación y de sus entidades descentralizadas, y de brindar información oportuna y confiable.”

 

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD DEL SIIF?

R/ (Decreto 2789 Artículo 11)
a. Dictar las políticas y los estándares que constituyen el modelo de seguridad del SIIF Nación
b. Aprobar el modelo de seguridad del SIIF Nación presentado por el Administrador del Sistema
c. Determinar pautas para la implantación, complementación y mejoramiento permanente del modelo de seguridad del SIIF Nación
d. Trazar directrices para la divulgación e implantación de estándares de seguridad por parte de las entidades usuarias
e. Solicitar al administrador del SIIF Nación informes de seguimiento sobre la implantación del modelo de seguridad del sistema
f. Evaluar el informe anual de riesgos del SIIF Nación presentado por el administrador del aplicativo
g. Mantener actualizado al comité directivo acerca del estado de implantación del modelo de seguridad del SIIF Nación
h. Determinar los eventos en que por motivos técnicos o de seguridad no se deba realizar el pago directo al beneficiario a través del SIIF Nación
i. Tomar las medidas que considere pertinentes cuando el administrador del sistema le informe del mal uso del aplicativo por parte de los usuarios
j. Darse su propio reglamento
k. Las demás que le determine el comité directivo respecto de la seguridad del sistema.

 

¿QUÉ POSIBILITA EL MÓDULO DE INGRESOS?

R/ Este módulo posibilita el reconocimiento de los ingresos (registro de la cuenta por cobrar), el recaudo efectivo de los mismos y las devoluciones a que hubiere lugar; operaciones que en su conjunto, constituyen la ejecución presupuestal de los rubros de ingresos aforados en el Presupuesto General de la Nación. Para facilitar el registro, control y análisis presupuestal y contable de la ejecución, el sistema permite desagregar los rubros de ingresos a un nivel muy detallado y asociarlos al ente generador del ingreso correspondiente.

 

¿CUÁL ES LA COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD DEL SIIF NACIÓN?

 

Comité Operativo y de Seguridad del SIIF Nación, estará conformado por:

a) El Administrador del SIIF Nación, quien lo presidirá;

b) El Subdirector de Análisis y Consolidación Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional;

c) El Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional;

d) El Subdirector de Ingeniería de Software de la Dirección de Tecnología del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

e) El Subcontador de Centralización de la Información de la Contaduría General de la Nación;

f) El Asesor de Seguridad del SIIF Nación quien ejercerá las funciones de Secretario del Comité, quien tendrá voz pero no voto.

¿QUE NORMA OBLIGA A ADOPTAR EL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA SIIF?

Respuesta: El Artículo 4 del Decreto 2789 de 2004 establece la obligatoriedad de utilización del sistema, así: “Los órganos ejecutores del Presupuesto General de la Nación, las Direcciones Generales del Presupuesto Público Nacional y de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y la Contaduría General de la Nación, o quien haga sus veces, deberán registrar en línea las transacciones en el SIIF Nación asociadas con su área de negocio, dentro del horario establecido, conforme con los instructivos que para el efecto expida el Administrador del Sistema. Las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de estas, que reciban aportes de la Nación como Unidades Ejecutoras de una sección
presupuestal, también estarán obligadas a registrar en línea sus transacciones en el SIIF Nación. Igualmente dichas entidades y dependencias deberán registrar la información de los órganos y regionales que realizan su gestión financiera pública fuera de línea con el SIIF Nación. El Comité Directivo del SIIF Nación, de que trata el artículo 8° del presente decreto, determinará qué órganos ejecutores, por restricciones de carácter técnico, no registrarán la gestión financiera pública en línea con el SIIF Nación.”

¿CÓMO ES LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SIIF NACIÓN?

Una vez la Entidad ingrese en línea con el SIIF Nación se debe establecer una organización frente al SIIF la cual debe estar compuesta por: Coordinador SIIF Entidad, Soporte Técnico Entidad, Usuario SIIF y Control Entidad, quienes se encargarán de proporcionar apoyo a los usuarios del sistema y efectuar el seguimiento sobre la funcionalidad.

Una vez la Entidad ingrese en línea con el SIIF Nación se debe establecer una organización frente al SIIF la cual debe estar compuesta por: Coordinador SIIF Entidad, Soporte Técnico Entidad, Usuario SIIF y Control Entidad, quienes se encargarán de proporcionar apoyo a los usuarios del sistema y efectuar el seguimiento sobre la funcionalidad. Para conocimiento, a continuación se describen los perfiles y algunas de las funciones que deben adelantar cada uno de ellos, así:

Coordinador SIIF Entidad: es el Jefe Financiero o su equivalente en la entidad, el cual debe ser designado por acto administrativo y además, se debe dar a conocer su designación ante la Administración del SIIF Nación mediante el formato “Designación Coordinador SIIF” establecido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ejerce, entre otras funciones, la representación de la entidad ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se encarga de la Administración de Usuarios y terminales y cumple con las políticas y estándares de seguridad del Sistema SIIF Nación.
Soporte Técnico SIIF: funcionario que pertenece a la Oficina de Informática o su equivalente o al área financiera con conocimiento en sistemas y se designa ante la Administración del SIIF Nación mediante el formato “Designación Soporte Técnico SIIF” establecido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Se encarga de proporcionar apoyo técnico a los usuarios del sistema, realizar la configuración  e instalación  del sistema y de los certificados digitales. 

Lo formatos pueden ser consultados en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la dirección:www.minhacienda.gov.co en los link SIIF Nación – Documentación – Administración Entidades Formatos.

Usuario: funcionario que utiliza el sistema SIIF Nación en las transacciones financieras que le corresponden de acuerdo con sus funciones y asume la responsabilidad de todos los registros que se hagan en el sistema con su cuenta de usuario, cumple con las políticas y estándares de seguridad del Sistema SIIF Nación.
Control Entidad: Oficina de Control Interno o equivalente encargada de monitorear la administración y operación del sistema en la Entidad.  Presenta al representante legal y al Administrador del SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por lo menos una vez al año, los resultados obtenidos del monitoreo a la administración y operación del SIIF Nación.

 

PERFILES

La funcionalidad del SIIF Nación está compuesta por transacciones las cuales están clasificadas por perfiles que permiten restringir la información que puede manejar un usuario en el sistema de acuerdo con las funciones que realiza, es necesario definir los perfiles para determinar cuáles funcionarios son los que van a operar el sistema así como, verificar si aquellos funcionarios cuentan con los equipos de cómputo exigidos para operar el aplicativo.
Para conocimiento, a continuación se describen las transacciones dispuestas en cada perfil que actualmente están disponibles en el sistema SIIF Nación, así:

Registrador Entidad: Ejecuta registros de solicitud de creación de usuarios, restricción de categorías, creación de terminales Administración Usuarios  y Terminales. Es el primer perfil que se crea en el sistema. Funcionario que pertenezca al área financiera quien apoya al Coordinador SIIF Entidad.
Consulta Entidad: Permite consultar los registros financieros generados en cada uno de los módulos del sistema.
Presupuesto Entidad: Registro, modificación y consulta de las asignaciones internas y las apropiaciones de gasto, registro, modificación y consulta de la cadena presupuestal de gasto hasta la instancia de reconocimiento de Obligaciones; y de la acusación y recaudo de los rubros conceptos del presupuesto de ingresos. (Área de Operación: Presupuesto).
Contable: Consulta de los lotes, comprobantes contables realizados en forma automática por el sistema, y el registro, modificación y consulta de los asientos contables manuales, generación de reportes de operaciones y estados financieros de la entidad, registro, modificación y consulta de obligaciones presupuestales de gasto. (Área de Operación: Contabilidad).
Pagador Entidad: Registro, modificación y consulta de los pagos. Confirmación de deducciones, generación y reversión de la orden de pago y aplicación de reintegros. Registro, modificación y consulta de generación de solicitudes de cupo de giro ante la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional. (Área de Operación: Tesorería).
Beneficiario: cuenta. Permite garantizar que las cuentas y beneficiarios creados (a los cuales se les va a efectuar el pago) en cada Entidad requieran de un visto bueno, al interior de la misma, antes de iniciar su proceso de validación de consistencia con las bases de datos de las entidades financieras, a través del sistema CENIT del Banco de la República. (Funcionario del nivel directivo, asesor o ejecutivo).
Contratos: Registra la información básica de los contratos o actos legales a través de los cuales se afectan las apropiaciones presupuestales. (Área de Operación: Adquisiciones).
Administrativa: Registra la recepción de los bienes y servicios adquiridos. (Área de Operación: Almacén).

 

TOKENS

Actualmente en el sistema SIIF Nación I solamente los perfiles “Registrador”, “Beneficiario Cuenta”, “Presupuesto”, “Contable” y “Pagador” requieren de los dispositivos de almacenamiento Token.
No obstante lo anterior, de acuerdo con lo indicado por el Administrador del SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una vez se libere la nueva versión del SIIF, en forma paulatina se irá implementando el uso de los Dispositivos de Almacenamiento (Token) para todos los usuarios del sistema. Por lo cual, las Entidades deben tomar las previsiones presupuestales correspondientes, con el fin de garantizar la disponibilidad de los Token a los usuarios del SIIF una vez ingresen en línea con el sistema y coordinar igualmente, con el Administrador SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público si dicha Entidad les va a suministrar algunos tokens.

PROCESO DE CAPACITACIÓN

La capacitación sobre el SIIF Nación II la adelanta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público  de forma virtual a través del SENA, las preinscripciones las hace el Coordinador SIIF Entidad en el software dispuesto por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Este año los funcionarios preinscritos ya tomaron los cursos de “Privilegios de Entidades y usuarios” dirigido al perfil “Registrador” funcionario ubicado en el área financiera encargado de la administración de usuarios, terminales y asignación de claves.  Así mismo, los funcionarios preinscritos a “Versiones de programación fase anteproyecto” que acaban de terminar el curso.
Es pertinente manifestar, que una vez aprobado el curso el SENA entrega la certificación correspondiente a los funcionarios, la cual es prerrequisito para acceder a las funcionalidades del SIIF Nación II. Se recuerda que la única entidad facultada para expedir la certificación es el SENA.
La información relacionada con la capacitación del SIIF Nación II se dio a conocer mediante la Circular No. 377 MDMVGIDFGAD-19.4 del 12 de Diciembre/07 a las Entidades Descentralizadas.

 

PAGO PROVEEDORES

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público diseñó un sistema que le permite al proveedor o contratista consultar los pagos que alguna de las entidades que se encuentran conectadas en línea con el SIIF Nación, le han realizado, producto de la suscripción de un contrato o acto administrativo donde se ordena un pago a favor de una persona jurídica o persona natural (beneficiario final). El sistema se encuentra dispuesto en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público www.minhacienda.gov.co y se ingresa a través del link “SIIF Nación Consulta de pagos”.
El usuario, proveedor o contratista debe registrar sus datos personales para realizar la inscripción correspondiente. Una vez se registran los datos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público asigna una clave de acceso, a través de la cual permite consultar mediante  un reporte la información de todos los pagos recibidos por el proveedor o contratista en un intervalo de fechas digitadas a las cuentas bancarias que reportó a la Entidad.
El reporte es de carácter informativo y en ningún caso reemplaza la certificación de pagos expedida por cada una de las pagadurías de las Entidades o dependencias usuarias del SIIF Nación.
En tal virtud, una vez las Entidades entren en línea con el SIIF Nación le deben dar a conocer esta información a los proveedores con los cuales adquieran obligaciones de pagos.

PRUEBA PILOTO

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público es el encargado de establecer las fechas y el cronograma para iniciar la prueba piloto, la cual una vez se conozca se divulgará a fin de iniciar el proceso para aquellas Entidades que solicitaron participar como piloto.

 

 

 

 

 

 

NIAs


 

INTRODUCCION

Las NIAS son normas y parámetros internacionales, las cuales brindan los lineamientos adecuados para que el auditor realice su trabajo de una manera adecuada.

Los estados financieros bajo las NIAS, hacen referencia a una representación  estructurada de la información financiera, que ordinariamente incluye las notas complementarias derivadas de registros contables y que se propone informar los recursos económicos u obligaciones de una entidad en un momento de tiempo determinado o los cambios correspondientes por un periodo de tiempo. Él tiempo puede referirse a un juego completo de estados financiero, pero puede también referirse a un solo estado financiero, por ejemplo un balance general, sin  embargo para las normas de información financiera NIFF se consideran que los estados de situación financiera incluyen un balance o estado de situación financiera, un estado de resultados, un estado de cambio en el capital, un estado de flujo de efectivo, así como las notas que comprenden un resumen de las diferentes políticas aplicadas en la empresa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OBJETIVOS

 

Objetivo general

ü  Conocer e identificar cada una de las NIAS.

 

Objetivo especifico

ü  Mencionar cada una de las NIAS.

ü  Conocer la importancia de cada una de las NIAS en su campo aplicativo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTENIDO

 

100 – 199
Asuntos Introductorios  
100
Contratos de Aseguramiento
120
Marco de Referencia de las Normas Internacionales de Auditoría
200 – 299
Responsabilidades
200
Objetivos y Principios Generales que Rigen una Auditoría de Estados Financieros
210
Términos de los Trabajos de Auditoría
220
Control de Calidad para el Trabajo de Auditoría
230
Documentación
240
Responsabilidad del Auditor de Considerar el Fraude y Error en una Auditoría de Estados Financieros
250
Consideración de Leyes y Reglamentos en una Auditoría de Estados Financieros
260
Comunicación de Asuntos de Auditoría con los Encargados del Mando
300 – 399
Planeación
300
Planeación
310
Conocimiento del negocio
320
Importancia relativa de la auditoría
400 – 499
Control Interno
400
Evaluación de riesgos y control interno
401
Auditoría en un ambiente de sistemas de información computarizado.
402
Consideraciones de auditoría relativas a entidades que utilizan organizaciones de servicios
500 – 599
Evidencia de Auditoría
500
Evidencia de auditoría
501
Evidencia de auditoría – Consideraciones adicionales para partidas específicas
505
Confirmaciones externas
510
Trabajos iniciales – Balances de apertura
520
Procedimientos analíticos
530
Muestreo en la auditoría y otros procedimientos de pruebas selectivas
540
Auditoría de estimaciones contables
545
Auditoría de mediciones y revelaciones hechas a valor razonable
550
Partes relacionadas
560
Hechos posteriores
570
Negocio en marcha
580
Representaciones de la administración
600 – 699
Uso del Trabajo de Otros
600
Uso del trabajo de otro auditor
610
Consideración del trabajo de auditoría interna
620
Uso del trabajo de un experto
700 – 799
Conclusiones y Dictamen de Auditoría
700
El dictamen del auditor sobre los estados financieros
710
Comparativos
720
Otra información en documentos que contienen estados financieros auditados
800 – 899
Áreas Especializadas
800
El dictamen del auditor sobre compromisos de auditoría con propósito especial
810
El examen de información financiera prospectiva
900 – 999
Servicios Relacionados
910
Trabajos para revisar estados financieros
920
Trabajos para realizar procedimientos convenidos respecto de información financiera
930
Trabajos para compilar información financiera
1000 – 1100
Declaraciones Internacionales de Auditoría
1000
Procedimiento de confirmación entre bancos
1001
Ambientes de CIS – Microcomputadoras independientes
1002
Ambientes de CIS – Sistema de computadoras en línea
1003
Ambientes de CIS – Sistemas de base de datos
1004
La relación entre supervisores bancarios y auditores externos
1005
Consideraciones especiales en la auditoría de entidades pequeñas
1006
La auditoría de bancos comerciales internacionales
1008
Evaluación del riesgo y el control interno – Características y consideraciones del CIS
1009
Técnicas de auditoría con ayuda de computadora
1010
La consideración de asuntos ambientales en la auditoría de estados financieros
1012
Auditoría de instrumentos financieros derivados
1013
Comercio electrónico- Efecto en la auditoria de estados financieros
1014
Informe de los auditores en cumplimiento con Normas Internacionales de Información financiera

 

 

 

 

 

 

 

DEFINICION

 

 NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA  (NIAS)

 

La aparición de las Normas Internacionales de Auditoria (NIAS) expedida por la Federación Internacional de Contadores (IFAC), y las actualizaciones que realiza su Comité Internacional de Prácticas de Auditoria anualmente, denotan la presencia de una voluntad internacional orientada al desarrollo sostenido de la profesión contable, a fin de permitirle disponer de elementos técnicos uniformes y necesarios para brindar servicios de alta calidad para el interés público.

Las Normas Internacionales de Auditoría deben ser aplicadas, en forma obligatoria, en la auditoría de estados financieros y deben aplicarse también, con la adaptación necesaria, a la auditoría de otra información y de servicios relacionados. En circunstancias excepcionales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando tal situación surge, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación.

Las normas son emitidas en dos series separadas: La de Servicios de Auditoria (NIAS) y la de Servicios Afines (NIAS/SAS), comprendidos en esta ultima los comportamientos de revisión de procedimientos bajo acuerdo de compilación. El marco describe los servicios que el auditor puede comprometerse a realizar en relación con el nivel de certidumbre resultante. La auditoría y la revisión están diseñadas para permitir que el auditor exprese niveles de certidumbre, alto y moderados respectivamente, en relación con la existencia o no de errores materiales en la información.

 

Marco general de las NIAS Esta norma describe el marco en el cual se emiten las Normas Internacionales de auditoria con la relación a los servicios que los auditores pueden brindar, comprende los informes y revisión del trabajo de auditoria y que proporciona evidencia del trabajo efectuado para respaldar el dictamen emitido.se refiere también al uso de papeles de trabajo y legajos estandarizados, su propiedad y custodia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100-199 Asuntos introductorios

 

100 prefacios a las normas internacionales de auditoria.

El propósito de este prefacio es facilitar la comprensión de los objetivos y procedimientos operativos del Comité Internacional de Practicas de Auditoria (IAPC), un comité permanente del Concejo de la Federación Internacional de Contadores Públicos, y el alcance y autoridad de los documentos que emite.

 

Glosario de términos

Esta norma presenta un glosario de los términos de auditoria más comúnmente utilizados en estas normas internacionales.

 

120 Marco de referencia de las normas internacionales de Auditoria

Esta norma describe el arco en el cual se emiten las Normas Internacionales de Auditoria con relación al servicio que los auditores pueden brindar, comprenden el informe y la revisión del trabajo de auditoria y que proporciona evidencia de trabajo efectuado para respaldar el dictamen emitido. Se refiere también al uso de papeles de trabajo y legajos estandarizados, su propiedad y custodia.

 

240 Fraude y error (NIA 11)

 

Esta norma trata la responsabilidad del auditor para la detección de información significativamente errónea que resulte de fraude o error, al efectuar la auditoría de información financiera. Proporciona una guía con respecto a los procedimientos que debe aplicar el auditor cuando encuentra situaciones que son motivo de sospecha o cuando determina que ha ocurrido un fraude o error.

 

250 Consideración de las leyes y reglamentos en una auditoria de estados financieros 320 400-499 (NIA31)

 

Esta norma tiene como  objetivo establecer normas y pautas sobre la responsabilidad del auditor en la consideración de las leyes y reglamentaciones en una auditoria de estados financieros.

Esta norma es aplicable a las  auditorias de estados financieros pero no a la de otros trabajos en los que se contrata al auditor para emitir un informe especial sobre el cumplimiento de reglamentaciones específicas.

 

300 Planificación (NIA 4)

Esta norma establece que el auditor debe documentar por escrito su plan general y un programa de auditoría que defina los procedimientos necesarios para implantar dicho plan.

 

 

310 Conocimiento del negocio (NIA 30)

 

El propósito de esta norma es determinar qué se entiende por conocimiento del negocio, por qué es importante para el auditor y para el equipo de auditoría  que trabajen en una asignación, porque es relevante para todas las fases de una auditoria y como el auditor  obtiene y utiliza ese conocimiento.

 

320 La importancia relativa de la auditoría (NIA 25)

 

Esta norma se refiere a la interrelación entre la significatividad y el riesgo en el proceso de auditoría. Identifica tres componentes distintos del riesgo de auditoría: riesgo inherente, riesgo de control y riesgo de detección. Tomando conciencia de la relación entre significatividad y riesgo, el auditor puede modificar sus procedimientos para mantener el riesgo de auditoría en un nivel aceptable.

 

CONTROL INTERNO

400 Evaluacion de riesgos y control interno (NIA 6)

El propósito de esta norma es proporcionar pautas referidas a la obtención de una comprensión y prueba del sistema de control interno, la evaluación del riesgo inherente y del control y la utilización de estas evaluaciones para diseñar procedimientos sustantivos que el auditor utilizara para reducir el riesgo de detección a niveles aceptables.

 

410 Auditoria en un ambiente de sistemas de información por computadora (NIA 15)

Esta norma proporciona la orientación suficiente para cumplir con los principios básicos de auditoria cuando esta es llevada a cabo en un ambiente computacional. A los fines de esta norma, existe un ambiente de sistemas de información computarizada cuando un computador de cualquier tipo o tamaño es utilizado por la entidad en el procesamiento de información financiera de importancia para la auditoria, ya sea que el computador es utilizado por la entidad o por un tercero. Enfatiza que el auditor deberá conocer en forma suficiente el hardware y los sistemas de procesamiento para planificar el trabajo y comprender de qué manera afectan al estudio y a   evaluación del control interno y la aplicación de los procedimientos de auditoria, incluyendo técnicas asistidas por computador.

 

402 Consideraciones de auditoria en entidades que utilizan organizaciones prestadoras de servicios (NIA 6)

 

Esta norma establece que el auditor debe obtener una comprensión adecuada de los sistemas contables y el control interno para planificar la auditoria y desarrollar un enfoque de auditoria efectivo. La entidad emisora de los servicios financieros puede contratar los servicios de una organización que, por ejemplo, ejecuta transacciones y lleva la contabilidad o registro de las transacciones y procesa los datos correspondientes. El auditor debe considerar de qué manera una organización prestadora de servicios afecta los sistemas contables y el control interno del cliente.

 

 

 

500-599 EVIDENCIA DE AUDITORIA

 

500 Evidencia de auditoria (NIA 8)

El propósito de esta norma es ampliar el principio básico relacionado con la evidencia de auditoria suficiente y adecuado que debe obtener el auditor para poder arribar a conclusiones razonables en las que basar su opinión con respecto a la información financiera y los métodos para obtener dicha evidencia.

 

501 Evidencia de Auditoria- consideraciones adicionales para partidas especificas

El propósito de esta norma es proporcionar pautas relacionadas con la obtención de evidencia de auditoria a través de la observación de inventarios, confirmación de cuentas a cobrar e indagación referida a acciones judiciales, ya que en general se considera que estos financieros y los servicios de auditorías y relacionados. Este marco no es aplicable a otros servicios, tales como  impuestos consultorías y asesoramiento financiero y contable.

 

200-299 RESPONSABILIDADES

 

200 Objetivos y principios básicos que regulan una auditoria de estados financieros (NIA 1)

 

Esta norma establece que el objetivo de la auditoria de estados financieros, preparadas dentro del marco de políticas contables reconocidas es permitir que el auditor exprese su opinión sobre dichos estados financieros para ayudar a establecer la credibilidad de los mismos. El auditor por lo general determina el alcance de auditoria de acuerdo con los requerimientos de las leyes, reglamentaciones o de los organismos profesionales correspondientes. Además, esta norma describe los principios básicos que regulas las responsabilidades de un auditor, y que deben ser cumplidas cuando se lleva a cabo una auditoria. Dichos principios básicos son aplicables al examen de la información financiera de una entidad. Ya sea esta con o sin fines de lucro, y sin tener en cuenta su tamaño y forma jurídica, cuando dicho examen es conducido con el propósito de expresar una opinión sobre la misma. Esta norma cubre aspectos tales como, integridad, objetividad e independencia, confiabilidad destrezas y competencias, trabajo efectuado por terceros, documentación, planificación, evidencia de auditorías, conclusiones de auditoria e informe.

 

210 Cartas para el acuerdo de los términos sobre un trabajo de auditoria (NIA2)

Esta norma proporciona pautas para la preparación de la carta de contratación, en la cual el auditor comenta y confirma la aceptación de un trabajo, el objetivo y alcance de una auditoria, el grado de su responsabilidad ante el cliente y el formato del informe al ser emitido, si bien esta norma no requiere explícitamente que el auditor obtenga una carta de contratación, proporciona una orientación con respecto  a su preparación de tal manera que se presume su uso.

 

220 Control de calidad del trabajo de auditoria (NIA7)

Esta norma trata sobre el control de calidad que se relaciona con el trabajo delegado a un equipo de trabajo y con las políticas y procedimientos adoptados por un profesional para asegurar en forma razonable que todas las auditorias efectuadas están de acuerdo con los principios básicos que regulan la auditoria.

 

 

 

230 Documentación (NIA 9)

Esta norma define “documentación”  como los papeles de trabajo preparados u obtenidos por el auditor y conservados por el para ayudar de la planificación, supervisión, procedimientos brindan la evidencia de auditoria más confiable con respecto a cierta afirmaciones.

A demás esta norma contiene algunas consideraciones sobre procedimientos de auditoria diseñados con el fin de construir una base razonable para concluir si las inversiones a largo plazo están contabilizadas de acuerdo con los principios de contabilidad aplicables.

 

510 Trabajos iniciales – Balances de aperturas (NIA28)

El propósito de esta norma es proporcionar pautas con respecto a los saldos iniciales en el caso de los estados financieros auditados por primera vez o cuando la auditoria del año anterior fue realizada por otros auditores.

 

520 Procedimientos analíticos (NIA 12)

Esta norma proporciona pautas detalladas con respecto a la naturaleza, objetivos y oportunidad de los procedimientos de revisión  analítica. El término “procedimiento de revisión analítica” se utiliza para describir el análisis de las relaciones y tendencias, que incluyen la investigación resultante de la variación inusual de los ítems.

 

530 Muestreo de Auditoria

Esta norma identifica los factores que el auditor debe tener en cuenta al elaborar y seleccionar su muestra de auditoria y al evaluar los resultados de dichos procedimientos se utiliza tanto para el muestreo estadístico como para el no estadístico.

 

540 Auditoria de estimaciones contable (NIA 26)

 Esta norma reafirma que los auditores tienen la responsabilidad de evaluar la razonabilidad de las estimaciones de la gerencia. Primero, deben tener en cuenta los controles, procedimientos y métodos de la gerencia para evaluar si ellos brindan una información correcta, completa y relevante. Deben poner mayor atención en evaluaciones que resulten sensibles  a variaciones que sean subjetivas o susceptibles de errores significativos.

En su evaluación el auditor debe considerar su conocimiento del cliente, de su industria y la evidencia resultante de otras áreas de auditoria. Si como resultado, el auditor concluye que no se puede obtener una estimación razonable, debe proceder a emitir una opinión con salvedades a abstenerse de opinar.

 

550 Partes relacionadas (NIA  17)

Esta norma proporciona pautas referidas a  los procedimientos que el auditor deberá aplicar para obtener evidencia de auditoria con respecto a la identificación de las partes vinculadas a la exposición de las operaciones con dichas partes.

 

560 Hechos posteriores (NIA 21)

Esta norma no permite el uso de doble fecha en el informe de los estados financieros de cualquier entidad. Cubre los elementos básicos del informe del auditor, describe los distintos tipos de informe su examen al hecho que requirió, y en caso de hacerlo debe hacer una manifestación de tal hecho en su nuevo informe.

 

570 Empresa   en marcha (NIA 23)

 

 Esta norma proporciona pautas para los auditores cuando surgen dudas sobre la aplicabilidad del principio empresa en marcha como base para la preparación de estados financieros.

 

 

580 Representaciones de la administración (NIA 22)

Esta norma orienta al auditor respecto de la utilización de las representaciones de la gerencia como evidencia de la auditoria los procedimientos que debe aplicar evaluar y documentar dichas representaciones y las circunstancias en las que se deberá obtener una representación por escrito. Trata también sobre las que la gerencia se niega a proporcionar o confirmar representaciones sobre asuntos que el auditor considere necesarios.

 

USO DEL TRABAJO DE OTROS

600 Uso del trabajo de otro auditor (NIA 5)

Esta norma requiere que el auditor principal documente en sus papeles de trabajo los componentes examinados por otros auditores, su significatividad con respecto al conjunto, los nombres de otros auditores los procedimientos aplicados y las conclusiones alcanzadas por el auditor principal con respecto a dichos componentes. Requiere también que el auditor efectué ciertos procedimientos además de informar al otro auditor sobre la confianza que depositara en la información entregada por él.

 

 

 

 

610 Uso del trabajo de auditoria interna (NIA 10)

Esta norma proporciona pautas detalladas con respecto a que procedimientos deben ser considerados por el auditor externo para evaluar el trabajo de un auditor interno con el fin de utilizar dicho trabajo.

 

620 Uso del trabajo de un experto (NIA 18)

El propósito de esta norma es proporcionar pautas con respecto a la responsabilidad del auditor y los procedimientos que debe aplicar con relación a la utilización del trabajo de un especialista como evidencia de auditoria. Cubre la determinación de la necesidad de utilizar el trabajo de un especialista, las destrezas y competencia necesaria, la evaluación de su trabajo y la referencia al especialista en el informe del auditor.

 

700 Dictamen del auditor sobre estados financieros (NIA 13)

El propósito de esta norma es proporcionar pautas a los auditores con respecto a la forma y contenido del informe del auditor en relación con la auditoría independiente de los estados financiero de cualquier entidad. Cubre los elementos básicos e informe del auditor, describe los distintos tipos de informe e incluye ejemplos de cada uno de ellos.

 

720 Otra información en documento que contienen estados financieros auditados (NIA 14)

Esta norma orienta al auditor con respecto al análisis de otra información incluida en documentos que contienen estados financieros junto con el informe del auditor sobre los mismos, sobre la cual no está obligado a informar.

Establece que el auditor deberá leer la otra información para asegurarse que sea consistente con los estados financieros y/o no incluya información significativa errónea.

 

 

AREAS ESPECIALIZADAS

 

800 Dictamen del auditor sobre trabajos de auditoria con propósitos especiales (NIA 24)

Esta norma proporciona pautas para informes sobre temas tales como componentes de los estados financieros, cumplimientos de acuerdos contractuales y estados preparados de acuerdo con bases actuales integrales diferentes de las NIA o de normas locales, y estados financieros resumidos.

 

810 El examen de información financiera proyectada (NIA 27)

Esta norma explica la responsabilidad del auditor al examinar la información financiera prospectiva (como por ejemplo presupuesto y proyecciones) y los supuestos sobre los que están basados; da pautas sobre procedimientos deseables e inclusive ejemplos de informes.

 

 

DECLARACIONES INTERNACIONALES PARA LA PRÁCTICA DE AUDITORIAS

 

Numero de tema, título del documento, y norma/declaración

1000 Procedimientos de  confirmación inter- bancos (suplementos 1-3 a tema 400)

El propósito de esta declaración es ayudar al auditor externo y a miembros de la gerencia del banco, tales como auditores internos o inspectores, en los procedimientos de confirmación interbancaria. Esta guía contribuirá a la efectividad de estos procedimientos y a la eficiencia del procesamiento de respuestas.

 

1001 Ambiente de procesamiento electrónico de datos- microcomputadores

(Declaración 1)

El propósito de esta declaración es ayudar al auditor en la aplicación de la norma 400 describiendo el sistema de micro computación usado en estaciones de trabajo individuales. Esta declaración incluye los efectos del microcomputador sobre el sistema contable y los controles internos relacionados y sobre los procedimientos de auditoria.

 

1002 Ambiente de procesamiento electrónico de datos- sistema de computadores “en línea”             (Declaración 2)

Esta declaración forma parte de una serie cuyo objeto es ayudar al auditor en la aplicación de la norma 400 mediante la descripción de los sistemas computarizados “en línea”   y su efecto en el sistema contable y los controles internos relacionados y en los procedimientos de auditorías.

 

1003 Ambiente de procedimiento electrónico de datos- sistemas de bases de datos     (Declaración 3)

Esta declaración forma parte de una serie cuyo objeto es ayudar al auditor en la aplicación de la norma 400 mediante la descripción de los sistemas de bases de datos  y su efecto en el sistema contable y los controles internos relacionados y en los procedimientos de auditorías.

 

1004 Relación entre los supervisores bancarios y los auditores externos

(Declaración 4)

Esta relación define las responsabilidades fundamentales de la gerencia, analiza las características esenciales de los roles de los supervisores y auditores, considera el alcance de la supervisión de funciones, y sugiere un mecanismo para coordinar de forma más eficiente el cumplimiento de las tareas de supervisores y auditores.

 

1005 Consideraciones particulares para la auditoria de pequeñas empresas

(Declaración 5)

El propósito de esta declaración es asistir al auditor en la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoria en las situaciones típicas que se presentan en las pequeñas empresas.

 

1006 Auditorias de bancos comerciales internacionales

(Declaración 6)

El propósito de esta declaración es proporcionar una guía adicional a los auditores mediante la ampliación e interpretación de pautas para la auditoria de bancos comerciales internacionales. Sin embargo, no  pretende ser una lista exhaustiva de los procedimientos y pautas utilizados en este tipo de auditorías.

 

1007 comunicaciones con la administración

(Declaración 7)

Esta declaración considera la relación del auditor con la gerencia, resume ciertos temas ya contemplados en las Normas Internacionales de Auditoria, y brinda pautas adicionales. Algunos aspectos de la relación del auditor con la gerencia son determinados por requisitos legales y profesionales. Otros se rigen por los procedimientos y practicas internas del auditor. Los auditores deben tener en cuenta estos requisitos, procedimientos y prácticas. A los fines de esta declaración, el término “gerencia” comprende a los funcionarios otras personas que desempeñan funciones gerenciales jerárquicas. La gerencia solo incluye a los directores y el comité de auditoría en aquellos casos en los que estos desempeñan dichas funciones.

 

1008 Evaluación de riesgos y control interno- características y consideraciones en un ambiente de procesamientos electrónico de datos

(Addendum 1 a NIA 6)

Esta declaración contiene las características y consideraciones más importantes del ambiente PED: estructura organizativa, naturaleza del procesamiento, aspectos de diseño y procesamientos controles interno, controles generales PED, controles de aplicación PED, revisión y evaluación de los controles generales y de aplicación PED.

 

1009 Técnicas de auditoria con ayuda de computadora

Esta declaración es una ampliación de la norma 401 y proporciona pautas detalladas con respecto al uso de técnicas de auditorías asistidas por la computadora.

 

1010 La consideración de asuntos ambientales en la auditoria de estados financieros

Su propósito  es ayudar a los auditores y al desarrollo de una buena prácticas al proporcionar guías sobre la aplicación de las NIAs  en caso en que los asuntos ambientales sean significativos para los estados financieros de la entidad.

 

1012 Auditorias de instrumentos financieros derivados

Su propósito es proveer normas y lineamientos para la planificación y desarrollo de procedimientos de auditorías para evaluar las afirmaciones relacionadas con instrumentos financieros derivados.

 

 

1013 Comercio electrónico-Efectos en la auditoria de estados financieros

Esta declaración identifica materias específicas para apoyar al auditor cuando este considera la importancia del comercio electrónico en las actividades de negocios de la entidad; así como el efecto del comercio electrónico en la evaluación de riesgo de auditor para propósitos de formarse una opinión de los estados financieros.

 

1014 Informe de auditores en cumplimientos con Normas Internacionales de información financiera (NIIF)

El propósito de esta declaración de auditoria es proveer de lineamientos adicionales cuando el auditor expresa una opinión de estados financieros que han sido preparados por la administración bajo las siguientes bases.

A.   Solamente de acuerdo con Normas  Internacionales de información financiera.

B.   De acuerdo con NIIF y una base de información financiera nacional.

C.   De acuerdo con una base de información  financiera nacional con una anotación de que se está exento de cumplir con NIIF.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONCLUSION

 

La realización de este trabajo me permitió conocer y entender que las Normas Internacionales de Auditoria contienen principios básicos y procedimientos esenciales junto con lineamientos relacionados que se aplican a la auditoria de los estados financieros de cualquier entidad, independientemente de su tamaño, su forma legal, estructura de propiedad o administración, o la naturaleza de sus actividades.

 

De igual forma profundizar en temas como este nos da herramientas suficientes para enfrentar situaciones profesionales, con más responsabilidad, eficiencia y lo mejor, con resultados satisfactorios tanto para la entidad como para mi crecimiento profesional.