¿CÓMO SE
DEFINE EL SIIF?
R/
(Decreto 2789 Artículo 2°.) “El Sistema Integrado de Información Financiera
SIIF Nación es una herramienta modular automatizada que integra y estandariza
el registro de la gestión financiera pública, con el fin de propiciar una mayor
eficiencia en el uso de los recursos de la Nación y de sus entidades
descentralizadas, y de brindar información oportuna y confiable.”
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD DEL
SIIF?
R/ (Decreto 2789 Artículo 11)
a. Dictar las políticas y los estándares que constituyen el modelo de seguridad del SIIF Nación
b. Aprobar el modelo de seguridad del SIIF Nación presentado por el Administrador del Sistema
c. Determinar pautas para la implantación, complementación y mejoramiento permanente del modelo de seguridad del SIIF Nación
d. Trazar directrices para la divulgación e implantación de estándares de seguridad por parte de las entidades usuarias
e. Solicitar al administrador del SIIF Nación informes de seguimiento sobre la implantación del modelo de seguridad del sistema
f. Evaluar el informe anual de riesgos del SIIF Nación presentado por el administrador del aplicativo
g. Mantener actualizado al comité directivo acerca del estado de implantación del modelo de seguridad del SIIF Nación
h. Determinar los eventos en que por motivos técnicos o de seguridad no se deba realizar el pago directo al beneficiario a través del SIIF Nación
i. Tomar las medidas que considere pertinentes cuando el administrador del sistema le informe del mal uso del aplicativo por parte de los usuarios
j. Darse su propio reglamento
k. Las demás que le determine el comité directivo respecto de la seguridad del sistema.
a. Dictar las políticas y los estándares que constituyen el modelo de seguridad del SIIF Nación
b. Aprobar el modelo de seguridad del SIIF Nación presentado por el Administrador del Sistema
c. Determinar pautas para la implantación, complementación y mejoramiento permanente del modelo de seguridad del SIIF Nación
d. Trazar directrices para la divulgación e implantación de estándares de seguridad por parte de las entidades usuarias
e. Solicitar al administrador del SIIF Nación informes de seguimiento sobre la implantación del modelo de seguridad del sistema
f. Evaluar el informe anual de riesgos del SIIF Nación presentado por el administrador del aplicativo
g. Mantener actualizado al comité directivo acerca del estado de implantación del modelo de seguridad del SIIF Nación
h. Determinar los eventos en que por motivos técnicos o de seguridad no se deba realizar el pago directo al beneficiario a través del SIIF Nación
i. Tomar las medidas que considere pertinentes cuando el administrador del sistema le informe del mal uso del aplicativo por parte de los usuarios
j. Darse su propio reglamento
k. Las demás que le determine el comité directivo respecto de la seguridad del sistema.
¿QUÉ POSIBILITA EL MÓDULO DE INGRESOS?
R/ Este módulo posibilita el reconocimiento de los ingresos (registro
de la cuenta por cobrar), el recaudo efectivo de los mismos y las devoluciones
a que hubiere lugar; operaciones que en su conjunto, constituyen la ejecución
presupuestal de los rubros de ingresos aforados en el Presupuesto General de la
Nación. Para facilitar el registro, control y análisis presupuestal y contable
de la ejecución, el sistema permite desagregar los rubros de ingresos a un
nivel muy detallado y asociarlos al ente generador del ingreso correspondiente.
¿CUÁL ES LA COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD
DEL SIIF NACIÓN?
a) El Administrador del SIIF
Nación, quien lo presidirá;
b) El Subdirector de Análisis y
Consolidación Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público
Nacional;
c) El Subdirector de Operaciones
de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional;
d) El Subdirector de Ingeniería
de Software de la Dirección de Tecnología del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público;
e) El Subcontador de
Centralización de la Información de la Contaduría General de la Nación;
f) El Asesor de Seguridad del SIIF Nación quien
ejercerá las funciones de Secretario del Comité, quien tendrá voz pero no voto.
¿QUE NORMA OBLIGA A ADOPTAR EL SISTEMA
INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA SIIF?
Respuesta: El Artículo 4 del Decreto 2789 de 2004 establece la obligatoriedad de utilización del sistema, así: “Los órganos ejecutores del Presupuesto General de la Nación, las Direcciones Generales del Presupuesto Público Nacional y de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y la Contaduría General de la Nación, o quien haga sus veces, deberán registrar en línea las transacciones en el SIIF Nación asociadas con su área de negocio, dentro del horario establecido, conforme con los instructivos que para el efecto expida el Administrador del Sistema. Las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de estas, que reciban aportes de la Nación como Unidades Ejecutoras de una sección presupuestal, también estarán obligadas a registrar en línea sus transacciones en el SIIF Nación. Igualmente dichas entidades y dependencias deberán registrar la información de los órganos y regionales que realizan su gestión financiera pública fuera de línea con el SIIF Nación. El Comité Directivo del SIIF Nación, de que trata el artículo 8° del presente decreto, determinará qué órganos ejecutores, por restricciones de carácter técnico, no registrarán la gestión financiera pública en línea con el SIIF Nación.”
¿CÓMO ES LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SIIF
NACIÓN?
Una vez la Entidad ingrese en línea con el SIIF Nación se debe
establecer una organización frente al SIIF la cual debe estar compuesta por:
Coordinador SIIF Entidad, Soporte Técnico Entidad, Usuario SIIF y Control
Entidad, quienes se encargarán de proporcionar apoyo a los usuarios del sistema
y efectuar el seguimiento sobre la funcionalidad.
Una vez la Entidad ingrese en línea con el SIIF Nación se
debe establecer una organización frente al SIIF la cual debe estar compuesta
por: Coordinador SIIF Entidad, Soporte Técnico Entidad, Usuario SIIF y Control
Entidad, quienes se encargarán de proporcionar apoyo a los usuarios del sistema
y efectuar el seguimiento sobre la funcionalidad. Para conocimiento, a
continuación se describen los perfiles y algunas de las funciones que deben
adelantar cada uno de ellos, así:
Coordinador SIIF
Entidad: es el
Jefe Financiero o su equivalente en la entidad, el cual debe ser designado por
acto administrativo y además, se debe dar a conocer su designación ante la
Administración del SIIF Nación mediante el formato “Designación Coordinador
SIIF” establecido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ejerce,
entre otras funciones, la representación de la entidad ante el Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, se encarga de la Administración de Usuarios y terminales y
cumple con las políticas y estándares de seguridad del Sistema SIIF Nación.
Soporte Técnico SIIF: funcionario que pertenece a la Oficina de
Informática o su equivalente o al área financiera con conocimiento en sistemas
y se designa ante la Administración del SIIF Nación mediante el formato
“Designación Soporte Técnico SIIF” establecido por el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público. Se encarga de proporcionar apoyo técnico a los usuarios del
sistema, realizar la configuración e
instalación del sistema y de los
certificados digitales.
Lo formatos pueden ser consultados en la página web del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la dirección:www.minhacienda.gov.co en los link SIIF Nación – Documentación –
Administración Entidades Formatos.
Usuario: funcionario que utiliza el sistema SIIF
Nación en las transacciones financieras que le corresponden de acuerdo con sus
funciones y asume la responsabilidad de todos los registros que se hagan en el
sistema con su cuenta de usuario, cumple con las políticas y estándares de
seguridad del Sistema SIIF Nación.
Control Entidad: Oficina de Control Interno o equivalente
encargada de monitorear la administración y operación del sistema en la
Entidad. Presenta al representante legal
y al Administrador del SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
por lo menos una vez al año, los resultados obtenidos del monitoreo a la administración
y operación del SIIF Nación.
PERFILES
La funcionalidad del SIIF Nación está compuesta por
transacciones las cuales están clasificadas por perfiles que permiten
restringir la información que puede manejar un usuario en el sistema de acuerdo
con las funciones que realiza, es necesario definir los perfiles para
determinar cuáles funcionarios son los que van a operar el sistema así como,
verificar si aquellos funcionarios cuentan con los equipos de cómputo exigidos
para operar el aplicativo.
Para conocimiento, a continuación se describen las transacciones
dispuestas en cada perfil que actualmente están disponibles en el sistema SIIF
Nación, así:
Registrador Entidad: Ejecuta registros de solicitud de creación
de usuarios, restricción de categorías, creación de terminales Administración
Usuarios y Terminales. Es el primer
perfil que se crea en el sistema. Funcionario que pertenezca al área financiera
quien apoya al Coordinador SIIF Entidad.
Consulta Entidad: Permite consultar los registros
financieros generados en cada uno de los módulos del sistema.
Presupuesto Entidad: Registro, modificación y consulta de las
asignaciones internas y las apropiaciones de gasto, registro, modificación y
consulta de la cadena presupuestal de gasto hasta la instancia de
reconocimiento de Obligaciones; y de la acusación y recaudo de los rubros
conceptos del presupuesto de ingresos. (Área de Operación: Presupuesto).
Contable: Consulta de los lotes, comprobantes
contables realizados en forma automática por el sistema, y el registro,
modificación y consulta de los asientos contables manuales, generación de
reportes de operaciones y estados financieros de la entidad, registro,
modificación y consulta de obligaciones presupuestales de gasto. (Área de
Operación: Contabilidad).
Pagador Entidad: Registro, modificación y consulta de los
pagos. Confirmación de deducciones, generación y reversión de la orden de pago
y aplicación de reintegros. Registro, modificación y consulta de generación de
solicitudes de cupo de giro ante la Dirección General de Crédito Público y del
Tesoro Nacional. (Área de Operación: Tesorería).
Beneficiario: cuenta. Permite garantizar que las cuentas
y beneficiarios creados (a los cuales se les va a efectuar el pago) en cada
Entidad requieran de un visto bueno, al interior de la misma, antes de iniciar
su proceso de validación de consistencia con las bases de datos de las
entidades financieras, a través del sistema CENIT del Banco de la República.
(Funcionario del nivel directivo, asesor o ejecutivo).
Contratos: Registra la información básica de los
contratos o actos legales a través de los cuales se afectan las apropiaciones
presupuestales. (Área de Operación: Adquisiciones).
Administrativa: Registra la recepción de los bienes y
servicios adquiridos. (Área de Operación: Almacén).
TOKENS
Actualmente en el sistema SIIF Nación I solamente los
perfiles “Registrador”, “Beneficiario Cuenta”, “Presupuesto”, “Contable” y
“Pagador” requieren de los dispositivos de almacenamiento Token.
No obstante lo anterior, de acuerdo con lo indicado por
el Administrador del SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
una vez se libere la nueva versión del SIIF, en forma paulatina se irá
implementando el uso de los Dispositivos de Almacenamiento (Token) para todos
los usuarios del sistema. Por lo cual, las Entidades deben tomar las
previsiones presupuestales correspondientes, con el fin de garantizar la
disponibilidad de los Token a los usuarios del SIIF una vez ingresen en línea
con el sistema y coordinar igualmente, con el Administrador SIIF Nación del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público si dicha Entidad les va a suministrar
algunos tokens.
PROCESO DE CAPACITACIÓN
La capacitación sobre el SIIF Nación II la adelanta el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
de forma virtual a través del SENA, las preinscripciones las hace el
Coordinador SIIF Entidad en el software dispuesto por el Ministerio de Hacienda
y Crédito Público.
Este año los funcionarios preinscritos ya tomaron los
cursos de “Privilegios de Entidades y usuarios” dirigido al perfil
“Registrador” funcionario ubicado en el área financiera encargado de la
administración de usuarios, terminales y asignación de claves. Así mismo, los funcionarios preinscritos a
“Versiones de programación fase anteproyecto” que acaban de terminar el curso.
Es pertinente manifestar, que una vez aprobado el curso
el SENA entrega la certificación correspondiente a los funcionarios, la cual es
prerrequisito para acceder a las funcionalidades del SIIF Nación II. Se
recuerda que la única entidad facultada para expedir la certificación es el
SENA.
La información relacionada con la capacitación del SIIF
Nación II se dio a conocer mediante la Circular No. 377 MDMVGIDFGAD-19.4 del 12
de Diciembre/07 a las Entidades Descentralizadas.
PAGO PROVEEDORES
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público diseñó un
sistema que le permite al proveedor o contratista consultar los pagos que
alguna de las entidades que se encuentran conectadas en línea con el SIIF
Nación, le han realizado, producto de la suscripción de un contrato o acto
administrativo donde se ordena un pago a favor de una persona jurídica o persona
natural (beneficiario final). El sistema se encuentra dispuesto en la página
web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público www.minhacienda.gov.co y se ingresa a través del link “SIIF Nación
Consulta de pagos”.
El usuario, proveedor o contratista debe registrar sus
datos personales para realizar la inscripción correspondiente. Una vez se
registran los datos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público asigna una
clave de acceso, a través de la cual permite consultar mediante un reporte la información de todos los pagos
recibidos por el proveedor o contratista en un intervalo de fechas digitadas a
las cuentas bancarias que reportó a la Entidad.
El reporte es de carácter informativo y en ningún caso
reemplaza la certificación de pagos expedida por cada una de las pagadurías de
las Entidades o dependencias usuarias del SIIF Nación.
En tal virtud, una vez las Entidades entren en línea con
el SIIF Nación le deben dar a conocer esta información a los proveedores con
los cuales adquieran obligaciones de pagos.
PRUEBA PILOTO
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público es el
encargado de establecer las fechas y el cronograma para iniciar la prueba
piloto, la cual una vez se conozca se divulgará a fin de iniciar el proceso
para aquellas Entidades que solicitaron participar como piloto.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario